Te avanzamos información acerca del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus instrucciones técnicas complementarias.
Este nuevo reglamento se focaliza en la actualización de las ITCs. En este sentido, las adapta al progreso técnico e incorpora dos nuevas ITCs, de las cuáles, una de ellas es específica para almacenamiento en recipientes móviles.
A partir del próximo 25 de octubre de 2017, entrará en vigor. Es decir, transcurridos tres meses tras su publicación en el BOE. En relación con con nuestro sector de la construcción, el reglamento afecta principalmente a las empresas que disponen de depósitos de combustible.
El objeto es establecer las condiciones de seguridad de las instalaciones de «almacenamiento, carga, descarga y trasiego de productos químicos peligrosos». Por estos entendemos las sustancias o mezclas consideradas como peligrosas en el ámbito de aplicación del CLP Reglamento (CE) No1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, tanto en estado sólido como líquido o gaseoso, y sus servicios auxiliares en toda clase de establecimientos industriales y almacenes, así como almacenamientos de establecimientos comerciales y deservicios que no sean de pública concurrencia. Por tanto, no aplica a los productos clasificados anteriormente como clase D (100 oC<Pi ≤ 150 o C).
Asimismo, los productos químicos combustibles con punto de inflamación inferior o igual a 100ºC son objeto de este Reglamento.
En conclusión, el reglamento añade especificaciones a las Instrucciones Técnicas Complementarias . Estas deben estar en conocimiento de todas las empresas que manejen productos químicos. Y su aplicación, debe ser inmediata.
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