Tras la publicación de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas Trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI el pasado 1 de marzo, hemos realizado y remitido a las empresas circular informativa.
A través de esta circular informamos a las empresas de SPM de las repercusiones de esta norma en el ámbito de igualdad, y hemos realizado un recordatorio de las obligaciones suscitadas el año pasado en este ámbito (Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación y la Ley orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual), y que indicamos a continuación:
· Protocolo de Acoso Sexual o por Razón de Sexo: Todas las empresas con independencia de su tamaño, distribución de género, etc, están obligadas a disponer e implantar un Protocolo de Acoso Sexual o por razón de sexo.
· Plan de igualdad: Las empresas de más de 50 trabajadores deben disponer de Plan de Igualdad.
· Las Evaluaciones de Riesgos de los puestos de trabajo ocupados por mujeres deben incluir el riesgo de Violencia Sexual.
· Todas las empresas deben formar en materia de igualdad a sus trabajadores, y además ofrecer formación de prevención violencia sexual a sus trabajadoras, y colectivo trans y LGTBI
Desde SPM vamos a proceder a actualizar y modificar los Protocolos de Acoso Sexual o por razón de Sexo, así como los planes de Igualdad a las empresas a las que se lo hemos hecho, y adaptaremos el contenido de la formación establecida.