Sobre el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los servicios del sector del Metal
Desde que se publicara este II convenio en el BOE 19 junio 2017 asesoramos a las empresas relacionadas con el metal a implementar los sistemas dispuestos. Sin embargo, queremos recordar en nuestro artículo algunos de los aspectos tratados.
¿Conoces bien este II Convenio?
Nuestros técnicos nos ofrecen un resumen sobre la información emitida a nuestros asociados.
El II Convenio establece un sistema de formación, acreditación (a través de la Tarjeta Profesional del Metal -TPM-) y control y comunicación de dicha formación que resulta muy similar a la existente. Pero, que deben tener todos los trabajadores del sector sin excepción alguna.
Por consiguiente, a partir de ahora existen dos sistemas paralelos de formación:
- Trabajadores de Metal cuya actividad NO se desarrolla en Obras de Construcción. En este punto, la formación, TPM y sistema de control y comunicación se recoge en el Capítulo XVII y el Anexo II del Convenio.
- Trabajadores de Metal que desarrollan su actividad en obras de construcción. Capítulo XVIII y Anexo IV.
Por lo tanto, además de los aspectos de formación, otras directrices significativas en materia de PRL que el Convenio establece son:
- Art 60. Reconocimientos periódicos preferentemente de carácter anual, (aunque esta información ya estaba incluida en el anterior convenio).
- Art. 61. En los centros de trabajo en los que concurran varias empresas, se celebrarán reuniones conjuntas y otras medidas de actuación.
- Art. 66. La designación como Recurso Preventivo recaerá sobre aquel trabajador que ejerza mando directo sobre un conjunto de los trabajadores, Sin embargo, cuando las tareas se presten por un número reducido de trabajadores, la designación recaerá sobre aquel que tenga una mayor cualificación profesional.
- Arts. 72 y siguientes especifican la constitución del “órgano paritario para la prevención de riesgos laborales” con unas funciones similares (aunque más detalladas que las establecidas en el CGSC) que las del OPPC de Construcción (art 74).
Prevención y Formación
En relación con la materia que nos ocupa, es interesante conocer el CAPÍTULO XVIII. ARTÍCULOS 95 a 110. Prevención y formación de los trabajadores de Metal que trabajan en obras de construcción.
- Arts. 96 a 104. Donde se establecen las condiciones para la emisión de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector del metal.
- Arts. 105 y 106. Se indican las condiciones a cumplir por las entidades homologadas.
- Arts. 107 y 108. Como novedad, dentro de los ciclos de formación de FMF.se mantiene que “Se establece una acción de reciclaje formativo, obligatorio para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios, consistente en 4 horas de formación presencial que serán impartidas periódicamente cada 3 años.
Los contenidos de la formación de este Capítulo se recogen en el ANEXO IV. En este contenido, podemos destacar que aparecen dos nuevos oficios de 20 horas.
Cursos de oficios
El total de cursos de Oficios de 20 horas de los trabajadores de Metal en Obras de Construcción son, por tanto, los siguientes:
- Ferrallado.
- Electricidad, relativo a los trabajos de montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta y baja tensión.
- Fontanería e instalaciones de climatización.
- Instalación de ascensores.
- Operadores de aparatos elevadores.
- Operadores de equipos manuales.
- Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas cerrajería y carpintería metálica
- Trabajos de aislamiento e impermeabilización. (nuevo I Conv.)
- Trabajos de montaje de estructuras tubulares. (nuevo I Conv.)
- Trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas. (nuevo I Conv.)
- Trabajos de mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción. (nuevo I Conv.)
- Trabajos en instalaciones de telecomunicaciones. (nuevo II Conv.) 13. Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles. (nuevo II Conv.)
En conclusión, estas y otras disposiciones deben ser tenidas en cuenta si trabajas en el sector.
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